Según los principios de nuestro Derecho procesal, los litigantes son libres de constituirse contractualmente un tribunal propio, compuesto de personas privadas, sin que al Poder público le sea lícito obligarles a valerse de los Tribunales que, en clase de organismos supletorios, tiene establecidos; y de igual modo, los contratantes y los testadores pueden consignar sus estipulaciones y sus declaraciones de última voluntad en documento privado, sin que pueda obligárseles a otorgarlos por documento público ante los fedatarios constituidos por el Estado e investidos de autoridad para dar fe de lo que presencian y oyen. Cuando los litigantes, en vez de darse a sí propios un tribunal privado, quieren servirse de los del Estado, pueden prorrogar la jurisdicción, sin que el Estado pueda obligarles a sostener su contienda ante los de su domicilio, o ante los del lugar en que esté sita la cosa, o donde haya de cumplirse la obligación.
Joaquín Costa
Características
- Autor: Holmes, Oliver W.
- ISBN: 9789563921823
- Editora: Ediciones Olejnik
- Edição: 1ª
- Edição Ano: 2020
- Encadernação: Brochura
- Número de páginas: 226
- Idioma: espanhol
- Data da Publicação: 43994
- Formato: 16x23